DISPOSICIONES LEGALES SEGUN LA ANE EN COLOMBIA
La UIT determina la atribución del espectro a nivel
mundial a través del reglamento de radio
Las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover
su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio
nacional
El Estado propiciará escenarios de libre y
leal competencia que incentiven la inversión actual y futura en el sector de
las TIC y que permitan la concurrencia al mercado, con observancia del régimen
de competencia, bajo precios de mercado y en condiciones de igualdad.
§ Permiso
para uso del espectro radioeléctrico (la ley 1341 de 2009)
El uso del espectro radioeléctrico
requiere permiso previo, expreso y otorgado por el Ministerio de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones. Para el permiso se debe especificar la
frecuencia, ancho de banda, potencia, ubicación de estaciones base y
repetidoras y su área de servicio.
Tendrá vigencia hasta por veinte años,
luego de este tiempo debe solicitar su respectiva renovación.
La renovación no es automática ni
gratuita.
§ La ANE brindara asesoría técnica al ministerio de las TIC para la
gestión eficiente del Espectro Radioeléctrico (ERE)
Diseñara y formulara políticas, planes y programas.
Realizara gestión técnica del ERE
Informará sobre tendencias internacionales en
administración, vigilancia y control
Estudia y propone parámetros de valoración y la
estructura de contraprestaciones
Investigará y ordenará cese de operaciones y
decomisos.
Elaborara los cuadros de características técnicas de
la red (CCTR)
Diseña e implementa planes de capacitación y formación
de Gestión de espectro
Expide las normas relacionadas con el despliegue de
antenas y el control del cumplimiento de las emisiones de campos
electromagnéticos.
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